24 de agosto de 2010 |
El despido por causas objetivas aplicable a los deportistas profesionales y la incidencia de la reforma laboral
Por Jordi Zorrilla Mir
El Real Decreto Ley 10/2010 de 16 de junio cuya entrada en vigor ha sido el 18 de junio de 2010 ha introducido cambios sustanciales que afectan a las extinciones contractuales derivadas de causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción). Dichas modificaciones han afectado al artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores en cuanto a la definición de la causa económica habilitante para proceder a extinguir un contrato de trabajo. En la actualidad queda definida la concurrencia de la causa económica:
“cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa. A estos efectos la empresa tendrá que acreditar los resultados alegados y justificar que de los mismos se deduce mínimamente la razonabilidad de la decisión extintiva....”
LEER TEXTO COMPLETOJordi Zorrilla Mir es abogado de Self Consulting Sports. Diplomado en derecho Deportivo por el ICAB
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Modificado el ( 24 de agosto de 2010 )
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