Inicio arrow Portada arrow Noticias arrow La Federación Francesa de Fútbol agrava la sanción recurrida por Leonardo 03 de julio de 2024

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04 de julio de 2013
La Federación Francesa de Fútbol agrava la sanción recurrida por Leonardo



El brasileño Leonardo, director deportivo del París Saint-Germain, no sale de su asombro  tras ver cómo la Comisión Superior de Apelación de la Federación Francesa de Fútbol (FFF), a la que había recurrido, agravaba la sanción de suspensión que  le había impuesto la Comisión de  Disciplina de la Liga Francesa.

Para los abogados de Leonardo, se trata de un caso claro de violación del principio que prohíbe la “reformatio in peius”, por lo que se disponen a impugnar la resolución de  Apelación.

En Francia, como en España, la prohibición de la "reformatio in peius" constituye un  principio general del Derecho procesal. Existe una dimensión constitucional de la prohibición de la "reformatio in peius" que deriva de la prohibición de la indefensión,  pues se produce indefensión en el caso de una condena dictada "extra petitum" al no ser pretendida en la apelación por ninguno de los apelantes.

También deriva del régimen de las garantías procesales y de los recursos en el que debe entenderse incluida la limitación de la "cognitio" del juez superior, de manera que si el condenado es el único apelante, su apelación no puede llevarle a unos resultados que estén en contradicción con el interés pretendido por esa misma apelación.

El director deportivo del Paris Saint-Germain (PSG) fue sancionado inicialmente con nueve meses de suspensión por haber empujado a un árbitro el pasado 5 de mayo al término de un empate 1-1 entre el París-SG y el Valenciennes en el Parque de los Príncipes.

El director deportivo del PSG negó la intencionalidad y afirmó que presentaría a la Comisión de Disciplina las grabaciones de las cámaras internas del estadio para demostrar que el contacto se produjo porque otro árbitro del partido le empujó.

La Comisión señaló que en esas nuevas imágenes no se habían aportado elementos nuevos, por lo que se consideró que la agresión fue "intencionada" y acordó agravar la sanción, llevándola hasta los trece meses.

 
Modificado el ( 05 de julio de 2013 )
 
 

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